Se habrĂa acordado con el FATERyH un incremento remunerativo de 1200 pesos para abril y mayo, representando esto un 15,82% para el encargado permanente sin vivienda y un 18,6% para uno con vivienda. En cambio, el personal de media jornada percibirĂ¡ la mitad ($600) cada uno de esos meses. Para el resto de la categorĂas, el cĂ¡lculo serĂ¡ proporcional.
El seguro que cubre la indemnizaciĂ³n por fallecimiento o incapacidad del trabajador pasarĂ¡ a ser OBLIGATORIO a partir de junio de este año y representarĂ¡ el 1% del sueldo bruto. Actualmente, ese seguro es contrato en forma privada por el Consorcio.
Revisando lo que establece al respecto la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO, encontramos lo siguiente:
Art. 212. —ReincorporaciĂ³n.
Vigente el plazo de conservaciĂ³n del empleo, si del accidente o enfermedad resultase una disminuciĂ³n definitiva en la capacidad laboral del trabajador y Ă©ste no estuviere en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumplĂa, el empleador deberĂ¡ asignarle otras que pueda ejecutar sin disminuciĂ³n de su remuneraciĂ³n.
Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligaciĂ³n por causa que no le fuere imputable, deberĂ¡ abonar al trabajador una indemnizaciĂ³n igual a la prevista en el artĂculo 247 de esta ley.
Si estando en condiciones de hacerlo no le asignare tareas compatibles con la aptitud fĂsica o psĂquica del trabajador, estarĂ¡ obligado a abonarle una indemnizaciĂ³n igual a la establecida en el artĂculo 245 de esta ley.
Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberĂ¡ abonarle una indemnizaciĂ³n de monto igual a la expresada en el artĂculo 245 de esta ley.
Este beneficio no es incompatible y se acumula con los que los estatutos especiales o convenios colectivos puedan disponer para tal supuesto
Como es de esperar, este aumento repercutirĂ¡, como todos los años, en las expensas. Fuente: Pequeñas Noticias

Hola Mercedes, muy informativo tu blog ahora este ACUERDO por los $ 1200 que reciben los Encargados para Abril y Mayo 2015 sabes que N° de Decreto Art. Ă³ sabe que se dbe colocar en el recibo de sueldo, gracias por tu atenciĂ³n y me gustaria colaborar con esta iniciativ, soy liquidador de Sueldos me llamo Juan Carlos saludos cordiales, estoy a tus ordenes
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